Tema: A.2029
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Antiguo 09 febrero 2010, 21:09   #147 (permalink)
faret
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Predeterminado Re: A.2029

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Iniciado por No Registrado Ver Mensaje
Hola a todos :
sobre la pregunta del seguro obligatoriao creo que la respuesta correcta es la del cazador en caso de portar armas, aqui dejo la copia literal del reglamento de caza: ( pagina 24 del texto del boja)

"...1. Durante la acción de cazar, las personas que practiquen la caza deberán llevar consigo los siguientes documentos:
a) Tarjeta acreditativa de la habilitación como cazador o cazadora.
b) Licencia de caza, en su caso.
c) Licencia de armas, en su caso.
d) Seguro obligatorio de responsabilidad civil de la persona que ejercite la acción de cazar en caso de portar armas.
e) Documento oficial acreditativo de la identidad.
f) Permiso de caza otorgado por la persona o entidad titular del aprovechamiento.
g) La demás documentación que exija la legislación vigente..."

muy bien, pero eso es la documentación q debe llevar consigo, como bien dice la Ley. Para responder la pregunta ve al Rto. 182/2005 verás q existen 2 tipos de seguros, uno q es requisito siempre y otro especial en caso de portar armas
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