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Re: Responsabilidad ambiental
Bien, es un tema peliagudo porque bajo mi punto de vista no merece la pena sacarse el seguro hasta tener claras varias cosas:
1º- Que tu actividad está afectada por el anexo III, ya que el anexo es muy amplio y poco concreto en algunos casos, por lo que hay que asegurarse de que la actividad está incluída. Tener en cuenta que el MARM tiene pensado, además de la priorización que ha sacado, publicar una especie de "revisión del anexo" que excluya de la obligatoriedad de garantía financiera a los sectores de baja peligrosidad. (por ejemplo el pintor que tiene en su almacén unos cuantos kg de pintura).
2º- Que tu sector está incluído en el listado de sectores prioritarios que ha publicado el MARM. (y que ya os conté en otro post). Si lo está teneis que saber que lo mas seguro es que vayais a necesitar seguro o al menos análisis de riesgos en un futuro (en función de si eres A,B,C,D,E o F), por lo que quizá al operador podría venirle bien contratar un seguro "puente" para estar protegido, hasta que tengais vuestro análisis de riesgos con la garantía financiera calculada. Tanto si lo estais como si no lo estais debereis valorar con cuidado el punto 3º.
3º Que penseis que el operador realmente podría tener algún riesgo. Esto muchas veces es complicado de valorar, por ejemplo, tu operador puede tener cierta cantidad de productos químicos en un almacen o un depósito exterior de gasoleo, pero dependiendo de donde esté ubicado, del riesgo de un vertido por ejemplo a pluviales o a cauce público, puede existir peligro real de contaminación al medio ambiente o no. Un operador por ejemplo en medio de un nucleo urbano tiene muy poco riesgo, mientras que si estás pegado a un río o a un parque natural la cosa cambia.
Con esto os quiero decir que el seguro de responsabilidad ambiental, en este momento, todavía NO ES OBLIGATORIO y que solo es recomendable para que el operador se encuentre protegido y, en caso de accidente, disponga de fondos para costear la reparación y pueda hacerse cago de cara a la administración.
Sin el análisis de riesgos ambientales no se puede saber con certeza a cuanto asciende la garantía financiera que un determinado operador necesita. En esos casos las aseguradoras utilizan sus propias tablas y bases de datos de peligrosidad en función de la actividad a la que pretenden asegurar, que ya os adelanto suelen ser bastante conservadoras, ya que tratan de no pillarse los dedos.
Bajo mi punto de vista lo importante en caso de cumplir los 3 condicionantes antes expuestos (o al menos el 1º y el 3º) es:
A - Valorar la cantidad por la que nos queremos asegurar en función de la peligrosidad de nuestra actividad y del posible daño que pueda ocasionar (esto en función de vuestra experiencia hay que hacerlo a ojo de buen cubero).
B - Negociar muy mucho el seguro con la aseguradora, ya que la prima que os pongan dependerá del riesgo real, es decir, no es el mismo riesgo si la instalación está bien protegida: cubetos de contención, un buen sistema contra incendio, un mantenimiento preventivo eshaustivo etc... que si no teneis ninguna medida de gestión del riesgo.
C - Que el periodo del seguro sea limitado, es decir, la cantidad a asegurar y la prima deberá ser revisable en cuanto tengais listo el Análisis de Riesgos y la CCAA os haya aprobado la garantía financiera.
Espero que os sirvan estos consejos, la próxima vez cobro
(es broma)