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Frecuentemente en España o se elimina completamente algo o se sigue aplicando, Incluso hay casos en los cuales aunque determinado requisito no sea obligatorio, se sigue exigiendo. A veces simplemente la tipa de la ventanilla dice que es así y ya está. Si quieres, puedes irte al contencioso, claro, y esperar unos años.
Pero bueno, en geral si algo puede exigirse al ciudadano se exige por mínima que sea la rendija que lo permite. En el caso del visado, la exigencia de que los proyectos de ejecución deban estar visados implica que toda obra lo requiere. Pero en teoría es un solo visado, y no dos como antes. En efecto, en apariencia esto libera a los proyectos “puros”, a los proyectos básicos, de la exigencia de visado. Los proyectos iniciales, los que se presentan para obtener la licencia, no tendrían que estar visados: esto sólo sería necesario cuando la licencia se concede y se va a ejecutar la obra. Algo es algo, se supone.
¿Sí?
Pues llega el Ayuntamiento de Madrid y aprueba la letra pequeña. Un Acuerdo que copiarán los demás Ayuntamientos del país, o sea que será general. Lo que dice, en síntesis es que cuando no es obligatorio el visado… es obligatoria otra cosa. Así, el visado no se elimina, sino que se sustituye.
¿Y qué es lo que le sustituye?
Pues el propio visado cambiado de nombre. Ahora no se le llama visado, pero es lo mismo. Normativa: “En los supuestos en los que el visado colegial no sea obligatorio, los servicios municipales que tramiten los correspondientes procedimientos deberán comprobar la identidad y habilitación profesional del autor del trabajo. A tal efecto, deberá consultarse el Registro público de colegiados del Colegio correspondiente, accesible de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 1/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. Una vez efectuada la comprobación, se incorporará al expediente copia de la información obtenida del Registro. En caso de que dichos datos no se encuentren disponibles por no estar operativo el citado Registro, los servicios municipales solicitarán al colegio profesional correspondiente una certificación acreditativa de la identidad y habilitación profesional del técnico autor del trabajo”.
En la práctica esto puede significar: vete al Colegio y pide la certificación. ¿La certificación puede ser más sencilla que el visado? Eso ya depende de los Colegios. Pueden entender que comprobar la “habilitación profesional del autor del trabajo” incluye comprobar los aspectos formales del proyecto, o sea exactamente lo mismo que el visado. Y entonces hay un simple cambio nominal. Esto sospecho que es lo que pasará.
En todo caso tiene que seguir habiendo un papel en fase de proyecto básico. Papel que no evitará que, en fase de ejecución, haya que visar. Y al final, en toda obra tiene hay visado. El visado y el certificado, o sea más o menos lo mismo que hasta ahora.
Lo cual se incluye en un eterno suma y sigue de papeles, por cierto. Ahora por ejemplo el Ayuntamiento ha decidido que es obligatorio para obtener la licencia cumplimentar el impreso de estadística de construcción de edificios. Uno se dice: la licencia se supone que está para verificar que se cumple la normativa. Pues ahora está para eso y para dar información al Ayuntamiento. Y así, si quieres hacer una reforma en tu casa, por absolutamente legal que sea lo que quieres hacer, o cuentas tu vida o no tienes licencia.
Pero bueno, a lo que iba. Todo esto para expedir una especie de “certificado de antecedentes penales”: este tipo está inscrito aquí y si está inscrito aquí es que no ha hecho nada malo. Eso genera una verdadera industria, absolutamente ineficiente, que encarece y retarda las cosas. Una docena de personas con una buena base de datos pueden llevar el registro de todos los profesionales que hay en España. O por lo menos se podía centralizar a nivel de una profesión: un registro común de arquitectos, cuatro lo gestionan (no haría falta más y probablemente ni eso) y ya está. Pues en vez de hacer algo así resulta que en todas las provincias, en todas, tiene que haber alguien dedicándose al tema. Como si estuviéramos en el siglo XIX e internet no existiera. Y los colegiados a pagar. En estos tiempos en los que no hay trabajo hay que pagar los sueldos de unos tipos que están cruzados de brazos y cuya función es poner un sello que dice que tú eres tú y que has sido bueno. Y si es un visado o un certificado transformado en visado comprueban además que estudiaste bien la carrera y no se te ha olvidado nada y, en efecto, el proyecto tiene lo que debe tener: su memoria, su plano de situación, su…