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Respuesta: MEGADUDA - Declaración anual de residuos peligrosos
A ver centrémonos. La Ley 22/2011 es de aplicación al día siguiente al de su publicación. Tenga la Comunidad Autónoma Ley o no. Eso es impepinable. Las únicas excepciones son las que aparecen en las diferentes disposiciones transitorias, a destacar la siguiente que se refiere a autorizaciones existentes o en trámite:
Disposición transitoria octava: Régimen transitorio de las autorizaciones y comunicaciones.
Las Comunidades Autónomas adaptarán a lo establecido en esta ley las autorizaciones y comunicaciones de las instalaciones y actividades ya existentes, o las solicitudes y comunicaciones que se hayan presentado antes de la fecha de entrada en vigor de la ley, en el plazo de un año desde esa fecha.
Y a destacar también la:
Disposición final primera. Títulos competenciales.
Esta Ley tiene el carácter de legislación básica de protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución, con excepción de los siguientes artículos:...
Portanto: no se podrá aplicar ninguna Ley autonómica que contradiga lo establecido en la norma estatal. Si alguna comunidad tiene en sus leyes normas adicionales mas exigentes las podrá aplicar, pero lo lógico sería adaptar la legislación autonómica a la legislación Básica del estado lo antes posible.
Por tanto lo lógico sería:
No habría que presentar declaración
No existe autorización de productor y por tanto es imposible renovarla
Los Planes de Minimización solo se piden para grandes productores
Esta semana próxima tendré información fresca y de primera mano. Os informo.
Saludos