hola ¿podrias explicar un poco mas lo que buscas?
yo ademas de ambientales soy agricola y estoy sacándome el carnet, además tengo cierta experiencia
gracias
Hola a todos!
¿alguno tenéis experiencia en el ámbito de los fitosanitarios?¿conocéis a alguna empresa o profesional independiente que pueda actuar como asesor para el tratamiento de fitosanitarios?
El R.D. 1311/2012 está lleno de requisitos y este es uno de ellos.
Saludos!
Hola Sacarino,
Actualmente trabajo como investigador contratado en el INIA, en la Unidad de Productos Fitosanitarios. ¿Qué es lo que necesitas?. Puedes ponerte en contacto conmigo.
Saludos.
En verdad este real decreto lo que dice es que a partir del 1 de enero de 2014, todas las explotaciones que tengan más de no se cuantas hectáreas necesitan tener un asesor de productos fitosanitarios; en plan ver que se le debe echar al cultivo, cantidades y demás y llevar el papeleo correspondiente a esto. También pone que carreras pueden acceder a ser asesor de fitosanitarios directamente y otras que deben certificar un número de créditos en unas materias concretas para poder serlo.
De todas formas si leéis el real decreto esta todo bastante bien explicado!
Un Saludo.
Hola. Tengo dos fincas de muchas hectareas de secano de ano y vez de cereales y otra de unas 150 Has de riego por aspersion donde cultivo maiz y cereales de riego. Ademas soy ingeniero agronomo. Quiere eso decir que podria ser asesor de prod fitosanitarios de mis fincas?. Un saludo espero vuestras respuestas.
Puede que os resulte útil la información disponible en El ambientólogo como Asesor en Gestión Integrada de Plagas.
El ambientólogo lo tiene difícil como "asesor" en el ámbito fitosanitario, según se especifica en el Real Decreto 1311/2012, donde se establece claramente quién puede ser asesor. Si algún ambientólogo ha conseguido o consigue que la administración cuadriculada lo considere "apto" que nos diga cómo...
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Es más, lo tenemos difícil hasta en el ámbito de la SALUD AMBIENTAL (mucho más afín a nuestra especialidad), donde el Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas, establece la figura de Responsable Técnico, y especifica lo siguiente:
Artículo 5. Responsable técnico de servicios biocidas.
1. Los servicios biocidas que realicen tratamientos a terceros, con carácter corporativo o en instalaciones fijas, deberán designar un responsable técnico. La capacitación para ejercer la responsabilidad técnica en este caso, se considerará acreditada con la posesión del certificado de profesionalidad, títulos de formación profesional o curso de especialización de formación profesional a los que se refiere el articulo 4 apartado 1.a), que acrediten las unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional: Gestión de servicios para el control de organismos nocivos (nivel3), para las empresas dedicadas a tratamientos con biocidas de los tipos 2, 3, 4, 11, 14, 18 y 19, o bien con el nivel de formación de responsables del anexo I, más los niveles especiales del anexo II, siendo ambos obligatorios, para biocidas del TP 8.
2. Se considera igualmente que están capacitados para ejercer la responsabilidad técnica de servicios biocidas de los tipos 2, 3, 4, 11, 14, 18 y 19, quienes se encuentren en posesión de las siguientes titulaciones:
a) Título universitario que acredite la obtención de competencias y conocimientos adecuados para la gestión de los procesos de control de organismos nocivos, relacionados con la sanidad ambiental, o la ingeniería sanitaria, rama de la ingeniería dedicada básicamente al saneamiento de los ámbitos en que se desarrolla la actividad humana.
b) Título de formación profesional de grado superior específico en salud ambiental.
...pues bien, la Administración reconoce el Técnico Sup. En Salud Ambiental y NO RECONOCE al Licenciado en CCAA para el ejercicio de la responsabilidad técnica en un servicio biocida.
Lo digo con conociento de causa puesto que trabajo en un servicio biocida y solicité una consulta formal a la Administración (en este caso Junta de Andalucía) para que me especificasen qué titulaciones entran dentro de la ambigüedad "título universitario relacionado con la sanidad ambiental, o la ingeniería sanitaria"... y cual fue su respuesta:
-Lic.Farmacia
-Lic.Veterinaria
-Lic.Biología
-Lic.Medicina
Así que señores, nos queda muuuuuuuuuuuucho camino por delante
Hola anónimo - no registrado de las 19/02/2014-16:06,
Respecto a fitosanitarios. Como se explica en la nota informativa, en caso de cumplir los requisitos no se deberían excluir al ambientólogo que los cumpla para el ejercicio profesional para el que está debidamente formado. En caso de conocimiento expreso de discriminación, la Coordinadora Estatal de Ciencias Ambientales tiene habilitado un formulario al efecto. O bien con tu colegio o asociación profesional autonómica.
Respecto a biocidas. Hemos puesto en conocimiento de COAMBA la situación que indicas para la se inicien las acciones oportunas. Y me repito, en caso de conocimiento expreso de discriminación, la Coordinadora Estatal de Ciencias Ambientales tiene habilitado un formulario al efecto. O bien con tu colegio o asociación profesional autonómica.
Un saludo.
Pablo Mtnez
Ambientólogo UMH
Colaborador de CienciasAmbientales.com y ForosAmbientales.com
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http://www.youtube.com/watch?v=JYdp36bA-hU
Hola de nuevo,
Soy el anónimo - no registrado de las 19/02/2014-16:06,
Buenas noticias:
Tengo una comunicación posterior en la que se me especifica lo siguiente:
"La lista de titulaciones consensuada hasta la fecha, por MSSSI y CC.AA, en la Ponencia Técnica de Sanidad Ambiental de la Comisión de Salud Pública del CISNS, para ejercer a partir de ahora la responsabilidad técnica de servicios biocidas para DDD y prevención y control de legionella, es la siguiente:
· Farmacia
· Veterinaria
· Biológicas
· Medicina
· Químicas
· Ciencias Ambientales
· Ingeniería Química
Cumplirían asimismo los criterios del artículo 5 otros titulados universitarios de titulaciones de carácter científico-técnico, que puedan acreditar documentalmente competencias y conocimientos adecuados para cada uno de los ámbitos."
Por lo que, al menos para biocidas podemos ejercer la Responsabilidad Técnica.
Una muy buena noticia!!
Vamos a ver. Según el RD 1311/2012 para el uso sostenible de productos fitosaitarios, puede ser asesor cualquier Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Técnico Agrícola, Ingeniero de Montes e Ingeniero Técnico Forestal que esté registrado en el ROPO como técnico independiente o como cualquiera de las opciones establecidas en el impreso de solicitud. Los Grados no están todavía dentro de esta homologación, ni Licenciados en Ambientales, ( puesto que no tienen ni idea de sanidad vegetal, lamentablemente). En Castilla y León podeis hacer la inscripción aquí: Uso sostenible de los productos fitosanitarios | Junta de Castilla y León
Es gratuito, y por el momento no están pidiendo experiencia profesional en el sector. Te dan un número de asesor y a trabajar ( en cuanto haya movimiento, que no es el caso aún)
En agricultura hay una lista de cultivos que son de obligado asesoramiento y otros que no. Los cereales de invierno no son necesarios el asesoramiento. Pero todas las recetas fitosanitarias cada vez que se apliquen tienen que ser firmadas por un Asesor.
Por otra parte, en jardinería es obligatorio tanto el asesoramiento en cualquier aplicación como la receta de cualquier tratamiento.
El uso en cualquier sector no agrario también es obligatorio el asesoramiento.
Última edición por Moderación ForosAmbientales; 07 marzo 2014 a las 19:06
Hola Iván, indicas que en jardinería es obligatorio tanto el asesoramiento en cualquier aplicación como la receta de cualquier tratamiento. Te voy a contar mi caso a ver qué te parece porque estoy bastante preocupado con este asunto.
Algunos de nuestros centros de trabajo están recogidos en el artículo 46.1.c), es decir, ámbito no agrario y espacio utilizado por grupos vulnerables. Tenemos algunos macizos de plantas ornamentales tanto dentro como fuera de las instalaciones. Las de dentro en pequeñas jardineras. Las de fuera en parterres siendo tanto plantas como arbustos y algún árbol de escaso valor forestal. No sabría decirte el número de ejemplares pero son poquitos.
Tenemos un par de jardineros en plantilla con el carné básico de manipulación de fitosanitarios conforme a normativa anterior que se encargan de su cuidado y poda. De vez en cuando y según la época del año hacen uso de fitosanitarios para combatir hongos, pulgones malas hierbas y alguna cosilla más y sólo si lo ven necesario. Con la poca cosa que tenemos te puedes hacer una idea de que las cantidades que utilizan son bastante bajas. ¿debo entender esto como tratamiento sujeto a los requisitos de este RD?
Te lo pregunto porque para tan poca cosa como tenemos me parece un marrón fenomenal tener que hacernos con los servicios de un asesor, planificar, pedir las autorizaciones, notificar al vecindario, etc. Además veo que a los jardineros tampoco les servirá con la formación básica y que habría que formarlos a cualificado.
Espero tus noticias a ver si me puedes ayudar.
Hola Sacarino. En primer lugar, decirte que con el carnet fitosanitario nivel básico sí se puede realizar una aplicación de fitosanitarios, siempre y cuando no se lleve personal a cargo por parte de ese aplicador (el aplicador es responsable de su aplicación y de su seguridad y de nada más).
Para el caso que me comentas, siendo poca superficie y casos muy puntuales, sinceramente, siempre se puede echar mano a los productos de uso doméstico (productos vendidos directamente al consumidor en grandes superficies, que el formato no supero los 500 cc). Estos fitosanitarios serán algo más caro que los distribuidos en empresas especializadas, pero la materia activa será la misma, y por el momento se sigue manteniendo su uso fuera del la legislación aplicable a los efectos. Esto sería un remedio para tratar un jardín particular, un huerto pequeño, pero poco más. Por ejemplo, en el caso de eliminar malas hiervas con herbicidas en un vial u otras superficies dentro de los ANA ( ámbitos no agrarios), deberá procederse como se establece en el RD 1311/2012, punto por punto, con la figura del asesor como punto infranqueable. Y siempre que se hagan aplicaciones en ANA será imprescindible tener en cuenta que dicho producto fitosanitario esta autorizado para ese uso concreto, no vale otro, pues será motivo de sanción o multa.
Espero poder haberte resuelto la duda.
Saludos.
Hola, soy nuevo por aquí, y leyéndoos, tengo una duda. Perdonad si meto la pata, porque estoy desconectado en este campo, ya que trabajo en otro ámbito que no tiene nada que ver.
Resulta que yo entre otras titulaciones, tengo el ciclo de grado superior de salud ambiental, lo que pasa es que no he ejercido de eso.
Mirando ofertas de empleo sobre el tema de residuos, fitosanitarios y todo esto, en la mayoría de los casos, he visto que a parte de titulación universitaria apropiada, o el ciclo de grado superior de salud ambiental, piden el certificado cualificado de fitosanitarios.
Según los post que he ido leyendo ( si lo he entendido bien), los tecnicos en salud ambiental, están habilitados o capacitados para poder trabajar sin tener el nivel cualificado como certificado ( que según he leído hay que hacer un examen que hace las consejerías de sanidad).
Entonces la duda viene, porque si según las titulaciones que indicais ( entre las que se encuentra el titulado de salud ambiental), están capacitadas o habilitadas para trabajar como aplicador de fitosanitarios, por qué las empresas piden ese certificado? tanto a titulaciones apropiadas como a ese ciclo formativo, las ofertas que he visto de empleo, piden además ese certificado.
Vamos como digo, igual lo he entendido mal, porque estoy desconectado de este mundillo ahora, pero claro, me choca que en las ofertas de empleo pidan ese certificado, si según comentais la legislación vigente ya incluye a ciertas titulaciones ( como el tecnico de salud ambiental) como capacitado para trabajar de aplicador fitosanitarios y no necesitar dicho certificado externo, que vale una pasta.
Espero me podais aclarar la duda, y disculpad si meto la pata, pero es que estoy desconectado de este mundillo.
Buenos días, quería matizar porque veo que se mezclan dos cosas, que son totalmente independientes; por un lado están los fitosanitarios y por otro los biocidas y ambos están regulados de forma independiente. Las titulaciones que pueden registrarse como asesores fitosanitarios son las que están registradas en el RD 1311/2012 para el uso sostenible de productos fitosanitarios, que habeis comentado antes (agrícolas, montes...).
Las titulaciones para el ámbito de los biocidas, o las empresas DDD son otras y ahí es donde entra el título de FP de Sanidad Ambiental (es la única titulación de FP habilitada para ello) y el resto que habeis comentado de carreras (veterinaria, farmacia...).
Por lo tanto son dos cosas, repito, totalmente independientes, aunque todas se dedican al control de plagas y cada una tiene sus propios requisitos.
Los fitosanitarios los lleva Medio Ambiente y los biocidas Sanidad.
Respondiendo a Sacarino; sí, necesitas el asesoramiento de un asesor fitosanitario; sólo están exentos algunos agricultores según la extensión y tipo de cultivo de que dispongan (la lista de exenciones se pueden consultar en el ministerio de agricultura); para el uso de fitosanitarios en cualquier ámbito que no sea el agrícola, es necesario contar con un asesor fitosanitario y más cuando comentas que son lugares frecuentados por población vulnerable. En el resto coincido con Ivanhmh
Espero haberos ayudado.
Un saludo!!!
Vamos a ver Ivanhmh,
No me he leído en su totalidad en RD1311/2012, sólo la parte que he necesitado en cuanto a la inclusión en un curso del IFAPA de formador de formadores en aplicador de productos fito. En su anexo I, indica cuáles son las titulaciones que pueden realizar este curso (las habéis mencionado), pero se admiten aquellas que cumplan 40 créditos en unas materias específicas (de entre muchas) de los cuales 12 en otras tantas materias. Pues bien, he justificado mi idoneidad para este curso con las materias correspondientes y me han excluido por no tener la titulación habilitante, y me juego el cuello a que no se han dignado a mirar mi justificación. Les he informado al CECCA y voy a hacer lo mismo a través de mi colegio y asociación, ya que discrepo totalmente. En la Universidad de Almería se imparten muchas asignaturas correspondientes a sanidad vegetal en todos sus ámbitos, por lo que no entiendo la postura.
Hola, yo no soy una experta, pero hace un tiempo ya estoy en el mundo de la agricultura y me ha venido muy bien una aplicación para movil, funciona sin necesidad de internet, la verdad creo que eso es lo mejor que tiene, se llama PlantCare y esta disponible para Android y iPhonePuedes filtrar por plagas, cultivos, materia activa, en fin...en mi opinion sta muy completa. Actualizan la BD cada tres meses, o sea, siempre estaras consultando lo mismo que tienen en el magrama...
Espero te sea de utilidad.
Efectivamante el asesor es figura clave para la Gestion Integradade Plagas, soy asesor independiente con mas de 20 años de experiencia en gestion de explotaciones agrpecuarias y estoy en disposicion de ofrecer mis servicios. Un saludo.
Hola, debido a la nueva figura de asesor en parcelas que existe, quería saber como podría formarme un poco más en esta figura dado que estoy bastante verde y carezco de experiencia profesional todavía. A nivel de estudios si que tengo el carnet de aplicador cualificado y un fp de gestion y organizacion de los recursos naturales y paisajisticos. ¿Alguien podría ayudarme en este tema para por mi propia cuenta poder seguir formandome?
Muchas gracias, cualquier ayuda es buena !
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