Buenos días:
Me presento brevemente. MI nombre en Jesús, soy licenciado en
CCAA, y mi mayor experiencia después de acabar la carrera, se centro en la Inspección Ambiental (acreditada por ENAC) de emisiones-inmisiones atmosféricas, inmisión de ruido, y vertidos industriales. Durante esta etapa laboral no toque nada relacionado con residuos. Ahora, después de 3 años en paro, he conseguido la oportunidad de reincorporarme al sistema laboral, como técnico de calidad, prevención y medio ambiente.
La historia es, que estoy un poco perdido, debido al deshuso de conocimientos. Quería preguntar si hay alguien que me pueda ayudar con el tema de gestión de residuos en impresión flexográfica. La verdad es que tengo problema con dos tipos de residuo nada más (eso creo).
Por un lado tengo unos cliches de impresión de caucho. Estos entran en contacto con las tintas (clasificadas y gestionadas como RP), pero son lavadas después de su huso eliminando completamente cualquier resto de tinta. De hecho, tenemos un lavador para repeticiones de trabajo, que lava más a fondo estos cliches y elimina de nuevo la tinta para evitar problemas en impresion. Los disolventes orgánicos de la maquina de lavado también son tratados y gestionados como RP. Ahora viene la pregunta: ¿Puedo clasificar estos cliches de impresion limpiados como residuo no peligroso, y pedir que se gestione como tal (caucho), o debemos considerar que son un Residuo Peligroso por haber estado en contacto con tintas?
La segunda cuestion es sobre unas cintas de doble cara que se usan para adherir estos cliches a los tambores rotatorios de impresión. Son bandas de pvc almohadilladas, con dos clases de pegamentos. Unas llevan adhesivo hecho a base de caucho natural, y otras llevas adhesivo acrílico. He visto que la lista de residuos Europeos distingue entre RP y no RP si los adhesivos llevan componentes organicos. Ahora bien, no encuentro la manera de saber si este adhesivo acrílico esta formulado con componentes orgánicos RP 08 04 09, o el acrílico no se considera "orgánico" RNP 08 04 10. Además no se, si una vez considerado como residuo no peligroso 08 04 10, existe la posibilidad de gestionarlo como un plástico (ya que en su mayoría es una cinta de PVC), y directamente ubicarlo en el contenedor para plásticos.
Gracias por adelantado. Un saludo
PD. Como he dicho antes, fuí inspector de M.A. para Organismo de Control Autorizado. Este era mi campo, el el puedo ayudar con cualquier duda.