Buenas tardes, me gustaría saber si alguien me puede informar sobre los plazos legales para la emisión del Informe de impacto ambiental en el procedimiento de Evaluación de impacto ambiental simplificada de la Ley 21/2013.
¿Qué pasa si el plazo excede de los 3 meses que indica la normativa?
Gracias
Hola.
Efectivamente el Órgano Ambiental tiene 3 meses para formular el Informe de Impacto Ambiental (art. 47.1, Ley 21/2013, de 9 de diciembre), sin embargo, la ley no establece sanción alguna si este plazo no se cumple, supongo que sería extraño que se sancionasen a sí mismos, ni tampoco define ningún procedimiento alternativo para este caso, por tanto, este plazo no deja de ser un brindis al sol y una declaración de buenas intenciones sin resultado práctico alguno; ten en cuenta que sin el IIA no se puede autorizar el proyecto.
En la práctica solo queda esperar y confiar en que el funcionario de turno cumpla lo establecido en la ley ... ¡lo que no siempre sucede!
Saludos.
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