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Evaluación de Impacto en proyectos autorizados por el Estado
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Evaluación de Impacto en proyectos autorizados por el Estado
Buenos días,
Me gustaría saber vuestra opinión sobre el siguiente caso: un proyecto cuya aprobación la realiza el Estado y que, por tanto, el órgano ambiental y que emitiría la DIA en su caso, es el MAPAMA. Según la Ley estatal el proyecto está exento de tramitación ambiental. Pero según la Ley de la Comunidad Autónoma donde se ubica territorialmente, el proyecto debería someterse a evaluación de impacto ambiental. ¿cómo se debería proceder? ¿Como el órgano ambiental es el MAPAMA nos olvidamos de la legislación de la CCAA?¿Iniciamos el trámite ambiental con el MAPAMA a pesar de que por la Ley estatal esté exento???
Gracias!
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